miércoles, 24 de noviembre de 2010

Bruselas denuncia a España por los gravámenes de salida a empresas

La Comisión Europea (CE) ha decicido denunciar a España, junto con Dinamarca y Holanda, ante el Tribunal de Justicia de la UE, TdJ, por las disposiciones que permanecen en sus legislaciones nacionales, que imponen un gravamen de salida a las empresas que dejen de tener domicilio fiscal en esos países.
La CE considera que son incompatibles con la libertad de establecimiento, prevista en los tratados.
En España se gravan las plusvalías no realizadas de las empresas si estas trasladan su residencia, cambian su establecimiento permanente o transfieren sus activos a otro Estado miembro. Sin embargo, las operaciones nacionales comparables no son objeto de imposición por las plusvalías no realizadas que puedan generarse.
Por lo tanto, la CE considera que estos impuestos penalizan de forma discriminatoria a las empresas que deseen abandonar el país, o transferir sus activos al extranjero y estas disposiciones pueden, por lo tanto, disuadir a las sociedades de ejercer su derecho de libre establecimiento.
Por otro lado, Bruselas decidió ayer también denunciar a España por otro caso, relativo a las disposiciones fiscales en relación con el nombramiento de representantes fiscales. La CE estima que las normas españolas que disponen que determinados contribuyentes no residentes deben designar a un representante fiscal en España, dan lugar a un tratamiento discriminatorio y son contrarias a la libre prestación de servicios.
La legislación nacional prevé distintas categorías de contribuyentes tienen la obligación de designar un represente fiscal residente en España; se trata, concretamente, de los fondos de pensiones extranjeros cuya sede se encuentre en otro Estado miembro y que ofrezcan regímenes de pensiones en España, las compañías de seguros de otros Estados miembros que operen en España, las empresas no residentes que operen en España en régimen de establecimiento permanente y los no residentes sujetos al impuesto de sucesiones y donaciones en España.
Bruselas considera que este requisito es discriminatorio y que restringe además la libre prestación de servicios.

24/11/2010

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